El derecho electoral de la comunidad LGBT en Coahuila: un escenario incierto y desafiante

El derecho electoral de la comunidad LGBT en Coahuila se encuentra en una situación de incertidumbre tras las recientes modificaciones a la legislación local. Este escenario ha quedado evidenciado con el proceso iniciado por una de las organizaciones civiles más activas y representativas del estado, la organización SanAelredo, que busca aclarar y garantizar los derechos políticos de esta población vulnerable.

SanAelredo presentó un recurso ante el Tribunal Electoral de Coahuila solicitando que, a pesar de que la ley actualmente no confiere facultades específicas, el Instituto Electoral del estado (IEC) pueda emitir lineamientos dirigidos a los grupos vulnerables previos a las elecciones de diputaciones locales. Sin embargo, la resolución emitida por el tribunal resultó ambigua porque, aunque reconoció la solicitud, la ley impide al IEC establecer tales lineamientos fuera de lo previsto en el Código Electoral local. Por su parte, el presidente del IEC, Óscar Daniel Rodríguez Fuentes, manifestó que respetarán el fallo judicial, aunque reiteró que la legislación vigente limita su intervención en este ámbito.

¿Qué establece la legislación actual?

En agosto de 2025, la LXIII Legislatura de Coahuila incorporó el Artículo 16 BIS al Código Electoral del estado, estableciendo que cualquier lineamiento, acuerdo o criterio que el IEC pudiera emitir a favor de grupos vulnerables debía ceñirse estrictamente a lo estipulado en esta disposición. La norma también prohíbe la imposición de requisitos adicionales que puedan distorsionar las postulaciones de estos grupos.

Esta reforma bloqueó la posibilidad de que el Instituto Electoral estableciera obligaciones específicas para la postulación de ciertos grupos, una medida que años atrás fue efectiva para promover la igualdad de género en Coahuila, cuando el IEC emitió criterios de paridad que luego fueron legislados y obligaron a los partidos políticos a postular candidatas mujeres en las fórmulas para diputaciones locales.

Es relevante mencionar que el actual Código Electoral no diferencia entre grupos que históricamente no han tenido representación local, como la comunidad LGBT, y aquellos que sí, como los adultos mayores y jóvenes. Según el artículo, los partidos políticos deben postular preferentemente candidaturas correspondientes a varios grupos vulnerables, incluyendo pueblos indígenas, afromexicanos, personas con discapacidad, y la comunidad LGBTTTIQ+, pero la postulación queda a la discreción de los partidos políticos, sin obligarlos formalmente a garantizar representación equitativa.

«Los partidos políticos deberán postular preferentemente candidaturas que pertenezcan a los grupos de personas de pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas; personas con discapacidad, personas que se auto adscriban como LGBTTTIQ+, personas adultas mayores y personas jóvenes. Las personas que integren la fórmula deberán de pertenecer al mismo grupo».

A pesar de que el artículo menciona una preferencia para asegurar la participación política de estas poblaciones, no existe una obligatoriedad vinculante, lo que genera vacíos en la efectiva representación, especialmente para la comunidad LGBT.

En la elección de alcaldías de 2024, uno de los reclamos más fuertes de la comunidad LGBT fue que, aunque se emitieron lineamientos para fomentar su participación, estos no fueron acatados por los partidos políticos en muchas regiones del estado. Cuando se presentaron candidaturas auto adscritas a la comunidad, también surgieron críticas por supuestas simulaciones. Las modificaciones recientes a la legislación, lejos de corregir esta problemática, restringen la intervención del IEC solo a casos de «presunción de fraude», limitando su poder de acción preventiva.

«Cuando exista una presunción de fraude en la auto adscripción, al Instituto le corresponde investigar y resolver con base en los elementos disponibles, sin imponer cargas a las personas interesadas ni generar actos de molestia que impliquen discriminación. Sin embargo, dichas fraudulentas acciones conllevarán la inelegibilidad de la candidatura en cuestión», establece el Código Electoral actual.

Ante esta situación, SanAelredo interpuso una Solicitud Consultiva ante el Tribunal Electoral de Coahuila para esclarecer los alcances y limitaciones legales de la normativa vigente y para definir las garantías que deben proteger a grupos históricamente marginados, como la comunidad LGBT, en sus derechos políticos.

«Solicitamos al Tribunal Electoral del estado clarificar si el Instituto Electoral está facultado o si se están vulnerando normas en cuanto a su papel como árbitro electoral. Sabemos que la ley electoral indica que no puede emitir lineamientos ni informes sobre ciertas temáticas, entre ellas la población LGBTI», explicó Noé Leonardo Ruiz Malacara, presidente de SanAelredo.

En 2024, cuando el IEC aún tenía facultades para hacerlo, implementó lineamientos y acciones afirmativas que obligaban a los partidos a postular candidatos de la comunidad LGBT en al menos 18 municipios para regidurías, en cumplimiento con una resolución del Tribunal Federal Electoral. Sin embargo, el tribunal local destacó que en ese entonces el Código Electoral no limitaba expresamente esas acciones como sí lo establece la reforma de 2025.

«Le dijimos al tribunal que el Instituto Electoral para eso está: primero para ser árbitro entre la ciudadanía y los partidos políticos. Y segundo, porque como ciudadanía necesitamos que el Instituto intervenga, ya sea creando acciones afirmativas o como árbitro electoral. Ese era el planteamiento para este proceso electoral», señaló Ruiz Malacara.

Además, existe un amparo a nivel federal contra las reformas a la ley, impulsado para exigir que los partidos políticos garanticen la postulación de personas de la diversidad sexual a las diputaciones locales. Este proceso aún no ha sido resuelto, por lo que SanAelredo busca mantener la responsabilidad del IEC como garante de los derechos políticos en el ámbito local.

«El Instituto ya tiene experiencia de haber implementado lineamientos para regidurías en 2024, sería viable que lo hiciera ahora. El tribunal dice que tiene la facultad para hacerlo, pero también debe respetar las leyes vigentes, lo que genera una contradicción», afirmó Ruiz Malacara.

Ruiz Malacara destacó que entre los grupos protegidos en la Carta de Derechos de Coahuila, solo los adultos mayores y los jóvenes han ocupado cargos legislativos, mientras que grupos como la comunidad LGBT no han tenido una representación real, por lo que es fundamental garantizar el acceso y la inclusión política de estas poblaciones.

«Queremos que la población LGBTI tenga un espacio de representación tanto en mayoría relativa como en representación proporcional. Según la Carta, los grupos prioritarios incluyen pueblos originarios, personas con discapacidad y diversidad sexual; sin embargo, estas últimas aún no han tenido representación efectiva», señaló.

Respecto al papel del IEC, Óscar Daniel Rodríguez Fuentes señaló que el tema será discutido oportunamente en el Consejo General del Instituto, aunque no comprometió acciones inmediatas, enfatizando que el Tribunal Electoral reconoció la posibilidad de dictar medidas afirmativas, pero sin una obligatoriedad formal.

«El tribunal indica que no es obligatorio, pero sí podemos implementar medidas afirmativas. Esto será tema para discusión futura en el Consejo General, pero aún no lo hemos abordado», manifestó Rodríguez Fuentes.

Asimismo, reconoció que los grupos afectados por la forma en que se han aplicado las acciones afirmativas, como la comunidad LGBT, personas con discapacidad y pueblos indígenas, tienen derecho a manifestarse mediante los recursos legales disponibles. Mencionó que a nivel federal se ha presentado una propuesta para este tema, aunque aún sin detalles específicos, que algunos colectivos nacionales están impulsando.

La lucha por la representación continúa

Para SanAelredo y la comunidad LGBTTTIQ+, que llevan años luchando por espacios políticos desde 2019, esta lucha no ha concluido. En el caso de que el Instituto Electoral proponga lineamientos que la ley rechace, el siguiente paso será un recurso legal para señalar que dichas normas no son progresistas ni respetan los derechos humanos.

«Si se dictan lineamientos que la ley rechaza, recurriremos a un segundo amparo argumentando que las leyes no son progresistas ni respetan los derechos humanos. Como ciudadanía tenemos derecho a votar y ser votados. Nuestro objetivo es que la ley electoral de Coahuila incluya explícitamente a la población LGBTI», concluyó Noé Ruiz Malacara.

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