La Magistrada de Coahuila aclara que la violencia vicaria no es un delito autónomo en el ámbito legal

La magistrada del Poder Judicial en Coahuila, Yezka Garza Ramírez, ha explicado con claridad que la violencia vicaria, aunque es una forma de violencia que afecta exclusivamente a las mujeres, no constituye un delito independiente en el marco legal de esta entidad. Señaló que esta modalidad está contemplada dentro del delito de violencia familiar en el Código Penal de Coahuila, específicamente en el artículo 251, por lo que no se trata de un delito autónomo.

Esta explicación surge en un contexto donde, en 2025, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió un pronunciamiento que reconoce que la violencia vicaria es una forma de delito que afecta exclusivamente a mujeres. Este tipo de violencia se define como el uso de los hijos para amenazar, controlar o infligir sufrimiento a la madre mediante manipulación, retención ilegal o ruptura de vínculos afectivos.

En Coahuila, la violencia vicaria se encuadra dentro del delito de violencia familiar, junto a otras modalidades tales como la violencia física, psicológica, económica, patrimonial o sexual. La magistrada enfatizó que aunque la violencia vicaria se dirija exclusivamente a mujeres, esto no elimina la responsabilidad que puedan tener en otros tipos de violencia familiar, incluso si la conducta violenta es ejercida por mujeres hacia sus hijos o parejas.

«Este pronunciamiento sobre la violencia vicaria se atiende tanto a nivel local como nacional, pero continúan existiendo otras modalidades dentro del delito de violencia familiar que pueden aplicarse para cualquier situación que implique responsabilidad penal, incluso en casos donde mujeres tengan conductas violentas hacia sus hijos o pareja», afirmó la magistrada.

«El hecho de que la violencia vicaria se reconozca como una modalidad exclusiva en la que las mujeres pueden ser víctimas, no exime la responsabilidad legal que se pueda derivar de otros tipos de violencia», expresó en una rueda de prensa después de sostener una reunión con integrantes del Consejo Lagunero de la Iniciativa Privada (CLIP).

Contexto y controversias en materia familiar

Respecto a los procesos judiciales en materia familiar, particularmente en el distrito judicial de Torreón, la magistrada señaló que aproximadamente el 70 % de los casos que se inician están relacionados con controversias de disolución del vínculo matrimonial. Sin embargo, dentro de esos mismos procedimientos se abordan temas cruciales como las responsabilidades alimentarias, la convivencia y la custodia de los hijos, lo que complica aún más estas disputas legales.

«En el marco del 8M, se ha dado una lucha histórica que ha permitido visibilizar nuestros derechos y fortalecer las instituciones de protección con un enfoque diferenciado. En el caso de la violencia vicaria, Coahuila ha sido pionero en proteger los derechos de las mujeres, la infancia y las víctimas», destacó la magistrada durante su intervención.

Este reconocimiento y regulación de la violencia vicaria dentro de la violencia familiar demuestran el esfuerzo por proteger a las víctimas y fortalecer la justicia en casos donde el daño psicológico y emocional se utiliza como una forma de violencia a través de los hijos. Sin embargo, también deja en evidencia que el marco jurídico debe ser aplicado con rigurosidad para todas las formas de violencia, independientemente de quién sea el agresor o la víctima.

De cara al futuro, la magistrada concluyó sugiriendo que es necesario mantener un enfoque integral y diferenciado en la atención de casos de violencia familiar para garantizar una justicia efectiva y adecuada. La colaboración entre autoridades, instituciones y la sociedad civil es fundamental para avanzar en la protección de los derechos humanos y el respeto a la integridad de las familias.

Con estas declaraciones, la magistrada Yezka Garza Ramírez invita a reflexionar sobre la importancia de reconocer todas las modalidades de violencia familiar y sus implicaciones legales, remarcando que la violencia vicaria debe ser considerada con especial atención pero siempre dentro del marco más amplio que protege a las víctimas contra cualquier forma de violencia.

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